La Corte habilitó la extranjerización de tierras y Agustina Propato redobló la presión sobre Milei: “Tiene la oportunidad de demostrar que le importa la soberanía”
Por Nahuel Hidalgo
El máximo tribunal revocó el fallo que declaraba inconstitucional la derogación de la Ley de Tierras por falta de legitimación del CECIM. La diputada nacional exigió al Presidente que deje sin efecto el artículo 154 del DNU 70/23 por decreto y advirtió que, de lo contrario, quedará claro que su discurso soberanista es solo una pose.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó este lunes el fallo que declaraba inconstitucional la derogación de la Ley de Tierras Rurales (26.737) incluida en el artículo 154 del DNU 70/2023. La sentencia, firmada por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, no se pronunció sobre el fondo de la cuestión: consideró que el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM), que impulsó el amparo, carecía de legitimación para hacerlo. Con ese argumento procesal, dejó vigente la derogación y habilitó la extranjerización del territorio nacional.
El fallo no dice que el artículo 154 sea constitucional. Dice que el demandante no era el actor adecuado. La Corte aclaró expresamente que su decisión “no supone abrir juicio sobre la validez constitucional” de la norma, pero el efecto práctico es que la ley que protegía las tierras rurales de la compra extranjera ya no está vigente. Y mientras no haya otro actor con legitimación que vuelva a demandar, o el Congreso sancione una nueva ley, o el Poder Ejecutivo revierta su propio decreto, el límite del 15% para la propiedad extranjera, el tope del 30% por nacionalidad y el máximo de 1.000 hectáreas en la zona núcleo quedan sin efecto.
El CECIM y la puerta que se cerró
El CECIM fue el organismo que presentó el amparo contra el DNU 70/23 en enero de 2024. La Sala III de la Cámara Federal de La Plata le dio la razón en marzo de ese año y declaró la inconstitucionalidad del artículo 154. Durante casi tres años, una medida cautelar mantuvo la ley vigente. Pero la Corte Suprema consideró que el Centro de Ex Combatientes no tenía legitimación para impulsar un proceso colectivo de esa naturaleza, y revocó todo lo actuado. La decisión deja en claro que los tribunales inferiores deben ser más estrictos al admitir demandas colectivas, y que la defensa de la soberanía territorial no puede quedar en manos de una organización de veteranos.

El tuit de Propato: la pelota en la cancha de Milei
La diputada nacional Agustina Propato (Unión por la Patria) reaccionó de inmediato. A través de su cuenta en X, interpeló directamente al presidente Javier Milei: “Ahora que a Milei le importa la SOBERANÍA NACIONAL, tiene la oportunidad de demostrarlo, dejando sin efecto desde el Poder Ejecutivo el artículo 154 del Decreto 70/23, que deroga la Ley de Tierras Rurales, y de esa manera habilita la extranjerización del territorio nacional”.
La diputada recordó la movilización del 6 de agosto, cuando el Senado se vio obligado a retirar el capítulo sobre tierras del proyecto de Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada ante la presión social y la falta de acuerdos. “El pueblo argentino, casi en un pronunciamiento histórico, el 6 de agosto se declaró en contra de la extranjerización de la tierra”, escribió. Y apuntó contra el canciller Pablo Quirno, que había declarado que un extranjero podría comprar “un pueblo o una provincia entera”: “Vamos a ver qué hace Quirno, si vende una Provincia como dijo… O si insta a Milei a respetar la voluntad del pueblo y ponen en vigor la ley que protege la integridad del país”.
La ley que protegía el territorio
La Ley 26.737 fue sancionada en diciembre de 2011, al inicio del segundo mandato de Cristina Fernández de Kirchner. Establecía que las tierras rurales en manos extranjeras no podían superar el 15% del total a nivel nacional, provincial y municipal. De ese porcentaje, una misma nacionalidad no podía superar el 30%. Además, un extranjero no podía ser dueño de más de 1.000 hectáreas en la zona núcleo, y se prohibía la compra en zonas de seguridad de frontera o que incluyeran cuerpos de agua importantes. La ley creó el Registro Nacional de Tierras Rurales y el Consejo Interministerial de Tierras Rurales. Fue aprobada por unanimidad en el Senado.
El DNU 70/2023, firmado por Milei a los pocos días de asumir, derogó esa ley en su artículo 154. El decreto fue presentado en cadena nacional como “Bases para la reconstrucción de la economía argentina” y modificó o derogó más de 300 leyes. La derogación de la Ley de Tierras fue uno de los puntos más controvertidos y generó resistencia inmediata.
El intento legislativo que no prosperó
El Gobierno intentó modificar la ley por vía legislativa. El proyecto de Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, redactado por el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, proponía elevar el tope de extranjerización del 15% al 25%. Pero la presión social, la oposición de varios gobernadores y la falta de consenso en el Senado obligaron al oficialismo a retirar el capítulo completo antes de la sesión del 6 de agosto. El Gobierno no pudo modificar la ley por la vía legislativa. Ahora, la Corte le abrió la puerta para hacerlo por decreto.
Las implicancias: un limbo que favorece la extranjerización
El resultado práctico del fallo es que la medida cautelar que protegía la ley cae, y el artículo 154 del DNU queda plenamente operativo. Los datos sobre extranjerización ya son alarmantes: según cifras citadas en el debate legislativo, 13,3 millones de hectáreas rurales están en manos extranjeras, casi el 5% del total del país. Desde 2018, la superficie en manos foráneas creció un 6,25%. Y en 36 departamentos del país ya se supera el límite del 15% que fijaba la ley derogada. En la gestión de Milei se autorizaron 111 operaciones de compra por parte de extranjeros: 35 en 2024, 29 en 2025 y 47 en lo que va de 2026.
La Corte dejó la puerta abierta para que el Congreso legisle o para que otro actor con legitimación vuelva a demandar. Pero mientras ese limbo se mantiene, la extranjerización avanza. La pelota está en el Poder Ejecutivo, que puede revertir el artículo 154 por decreto, y en el Congreso, que puede sancionar una nueva ley. La diputada Propato ya puso el tema en el centro de la agenda. Ahora falta saber si Milei escucha.
